SERVICIOS JURÍDICOS
Aquí puede encontrar algunos de los servicios ofrecidos por la notaría,
entorno a cualquier tema legal.
HERENCIAS
SUCESIONES
DONACIONES
En la Notaria, se le asesorará en todas las fases de preparacion de una Herencia Inventario Valoracion Adjudicacion ,division , liquidacion y pago
Para la preparacion de la herencia el Notario le pedira los
DOCUMENTOS NECESARIOS
-
DNI causante
-
Libro de Familia
-
DNI herederos
-
Certificados de Defunción
-
Acta de Declaración de herederos ab intestato.
-
Testamento .
-
Certificado de ultimas voluntades
-
Relación de bienes muebles e inmuebles
-
Títulos justificativos de la propiedad
-
Escrituras de Compra ,datos Registrales para la verificación y la realización de la misma
-
Inventario, adjudicación , valoración, lotes y demás operaciones particionales
-
Certificados bancarios de saldos en cuentas y demás activos financieros IPF Valores Acciones etc.
Asesoramiento en materia de TRIBUTACION
Condiciones y requisitos para acogerse a las bonificaciones en las Herencias y Donaciones entre ascendientes y descendientes y cónyuges con vecindad en la Comunidad Autonoma ,que se hagan en Escritura Publica ante NOTARIO ,para garantizar el origen legal del dinero su trazabilidad ,existentes en la actualidad en Madrid.
Bonificación del 99 por ciento de la cuota a pagar de estos impuestos de Donaciones y Sucesiones de acuerdo con los requisitos que establece la ley ,señalados anteriormente ,que se autorice en documento publico ,que sea entre parientes ascendientes y descendientes , las donaciones identificando el origen de los fondos
Inscripción en Registros de la Propiedad
Le realizaremos un estudio del impacto de los impuestos su repercusion en IRPF ,en Plusvalia municipal y efecto en tarifa de sucesiones
Junto con un Presupuesto
CONTRATOS DE
COMPRAVENTA DE INMUEBLES ACCIONES
PARTICIPACIONES
OPCIONES DE COMPRA
Redacción, documentacion necesaria ,examen de la validez de los titulos de propiedad ,examen de la identidad ,consentimiento capacidad validez de Poderes ,control de legalidad asesoramiento legal sobre todo tipo de
CONTRATOS MERCANTILES
COMPRAVENTAS
Inmuebles
Compraventa de Acciones Compraventa de Participaciones de S.L.
Declaración de Inversiones extranjeras D1A
Compraventa con pago aplazado
Opciones de compra o venta
Declaracion de Obra Nueva
Division de Propiedad Horizontal
IDENTIFICACION DE LOS MEDIOS DE PAGO
Numero de cuenta bancaria origen y destino de los fondos
DOCUMENTOS NECESARIOS
DNI NIE de comparecientes
Regimen economico familiar
Poderes si actuan por representacion suficientes inscritos. emitidos por organos validos sociedades regulares en sus paises de origen e inscritas
Titulos y Escrituras Justificativas de la Propiedad
Certificados Acuerdos Sociales
Certificados Eficiencia Energetica
IBIS
Certificados de estar al corriente en la Comunidad Propietarios
TRIBUTACION
Tratamiento fiscal de las diferentes operaciones,impuestos estatales y locales que gravan las ventas IRPF ganancias y perdidas patrimoniales ,normas de valoracion de activos .ITP . IVA .Calculo de PLUSVALIA MUNICIPAL impuesto que grava el incremento del valor de los terrenos
IDENTIFICACION DEL TITULAR REAL FISCAL
El Notario segun la Ley de Blanqueo de Capitales esta sujeto a las obligaciones de informacion que son identificar a las partes en el sentido de quien es el Titular Real Fiscal colaboracion con el SEPLAC y OCP y debe proceder siempre a pedir y solicitar las Actas de Titularidad real Fiscal y Comunicar cuando haya indicadores de Riesgo demás obligaciones fiscales.
El Notario a su vez esta obligado a comunicar todas las operaciones AL INDICE INFORMATIZADO UNICO NOTARIAL
FAMILIA MATRIMONIO
CAPITULACIONES
SEPARACIONES Y DIVORCIOS
El matrimonio es un acto contrato con gran implicación económica que requiere un conocimiento de sus efectos, por lo que es conveniente un asesoramiento jurídico antes de su celebración, valorar la conveniencia de suscribir capitulaciones matrimoniales.
QUÉ SON CAPITULACIONES MATRIMONIALES
Concepto, requisitos, significado y contenido de las mismas.art 1315 Cc.
Hay que hacerlas en Escritura ante Notario.
En éstas se puede pactar la elección del régimen económico matrimonial adecuado para cada circunstancia y demás pactos.
Han de inscribirse en el Registro CIVIL
RÉGIMEN ECONÓMICO MATRIMONIAL
Brevemente, hay dos sistemas de organizar la parte económica del matrimonio.
El sistema de separación de bienes
Bienes Propios Art 1346 CC
Cada cónyuge conserva la propiedad gestión y disposición de sus propios bienes privativos. Contribuyen al sostenimiento de las cargas familiares en proporción a sus recursos.
Ninguno responde de las deudas del otro cónyuge en caso de riesgos empresariales.
El sistema de Bienes Gananciales
Son bienes gananciales. Art 1347 cc los frutos, rentas o intereses tanto procedentes de los bienes privativos como los procedentes de los bienes gananciales.
La administración y disposición de los bienes comunes es conjunta, es decir, ambos deben de firmar los actos de disposición, venta o hipotecas de los bienes.
En caso de no existir capitulaciones, la ley presume de forma supletoria que el matrimonio se rija por el sistema de gananciales.
Ventajas e inconvenientes de cada régimen económico matrimonial que los cónyuges futuros determinen.
En la Notaría se le explicará las repercusiones en el caso de empresarios o de profesionales de las deudas o responsabilidades por deudas de uno u otro.
En las capitulaciones matrimoniales se puede pactar incluso el sistema de custodia compartida de menores en caso de separación.
Contribución al Sostenimiento de la familia y reparto de los gastos comunes
Se puede pactar fijación de pensiones compensatorias o de alimentos, cuantía, duración y demás pactos matrimoniales dentro de la ley, la modificación, el destino de la vivienda ,se le explicara el concepto de vivienda familiar, la influencia y repercusión del art 1320 c.c. en el caso de atribución de la vivienda por atribución de la custodia por existencia de menores de edad en caso de divorcio, los hijos, pensiones, hasta su independencia económica
Liquidación de la Sociedad de Gananciales
Elaboración de Convenios Reguladores
DIVORCIO
Separación de Bienes.
Requisitos para el divorcio ante Notario.
-
Que no haya menores de edad
-
Que exista mutuo acuerdo
-
Aportación de Convenio Regulador
-
Redacción de Documentos,
-
Donaciones entre cónyuges Tratamiento fiscal
-
Escrituras, Inscripción
Asesoría en materia de Tributación fiscal
Ofrecemos asesoramiento para el caso de las donaciones entre cónyuges.
CONTRATOS BANCARIOS,
PRÉSTAMOS,
HIPOTECAS,
CRÉDITOS,
AVALES,
GARANTÍAS
El derecho de eleccion de Notario permite seleccionar un profesional especializado , independiente, imparcial, objetivo, defensor del consumidor ,neutral, firmar conociendo el alcance, contenido y significado de todas las cláusulas, avales, evitando sorpresas.
LA NUEVA LEY DE 15 MAR 2019 DE CONTRATOS DE CREDITO INMOBILIARIO .
Impone un abanico claro al Notario de obligaciones de INFORMACION a todas las partes para garantizar el principio de transparencia que hay que verificar en la firma de las hipotecas en particular de
Derecho a Eleccion de Notario ,asesor,neutral ,independiente ,defensor del consumidor
Disponer de informacion financiera total previa de la operacion anticipada para que el consumidor pueda elegir planificar y tomar decisiones informadas
Utilizacion de Plataforma informatica prevista para garantizar la transparencia
Informar individualizadamente a todas las partes con caracter previo haciendo lo constar en el
ACTA que ha prestado asesoramiento relativo a las clausulas recogidas en el
FEIN Ficha Europea de Informacion Normalizada y en la
FIAE
Ficha de Advertencias Estandarizada FIAE .
Asesorando informando a los fiadores, hipotecantes no deudores , deudor prestatarios con transparencia y claridad , el alcance de las obligaciones y cargas que contraen en la suscripcion de la hipotecas ,permanencia de la responsabilidad de abonar la deuda en caso de ejecucion del piso y este no alcance a cubrir la responsabilidad hipotecaria ,aumento de la deuda de las cuotas en caso de subida de tipos de interes
ACTA DE TRANSPARENCIA art 14 LCCI
Donde se acredite y se haga constar
1.- Las explicaciones del alcance y obligaciones de informacion que el Notario debe realizar , acreditativas de la documentacion entregada al cliente sobre la hipoteca que va a realizar
2.- Preguntas y respuestas efectuadas por el consumidor informativas ,sus respuestas por el Notario ,
3.- donde tambien se debe hacer constar el cumplimiento de la obligacion de informar con transparencia y plazos adecuados minimos para que el cliente pueda decidir
4.- Incorporar el TEST acreditativo del conocimiento cabal del cliente sobre las condiciones del prestamo
En definitiva poder acreditar que se se ha ejercido el derecho de eleccion de notario y se le ha explicado la operacion ,habiendo tenido plena informacion ,completa veraz e independiente por el Notario
El ACTA DE TRANSPARENCIA tendra el siguiente CONTENIDO
FICHA EUROPEA DE INFORMACION NORMALIZADA PERSONALIZADA art 22 LCCI
Tendra la consideracion de oferta vinculante para la entidad durante el periodo pactado hasta la firma del contrato que como minimo sera de diez dias
Las entidades tendran que dar informacion personalizada para dar respuesta a la demanda de credito ,de forma que le permita al cliente comparar los prestamos disponibles en el mercado valorar sus implicaciones y adoptar una decision fundada del Anexo II FIPER
FIAE FICHA DE ADVERTENCIAS ESTANDARIZADAS
Proyecto del Contrato de Prestamo Hipotecario
Distribucion de gastos Informacion clara y veraz de los gastos del prestamista y del prestatario
Obligacion de comparecer en el Notario para su asesoramiento .
Documento con simulacion de
impacto de distintos escenarios de evolucion de tipos
Copia de la Poliza de Seguro en garantia del cumplimiento de las obligaciones del contrato de prestamo y copia de la poliza de Seguro de daños del inmueble objeto de hipoteca
Manifestacion del prestatario firmada por el mismo acreditando que ha recibido asesoramiento gratuito del notario elegido por el mismo y que ha recibido individualmente explicaciones del contenido del contrato y demas extremos
Preguntas del consumidor y respuestas del Notario a las dudas planteadas
TEST
Que tiene por objeto comprobar concretar y poder acreditar la documentacion entregada y la informacion suministrada a los clientes en plazo para que puedan comparar con otras afertas en un plazo , valoracion de la comprension de la hipoteca por todas las partes prestatario hipotecante no deudor de forma gratuita individualizada y personal por el Notario art 15 de la LCCI
EXPLICACION SIGNIFICADO DEL TAE
Forma de calculo y significado del TAE,tipo de interes nominal y efectivo ,indice de referencia escogido ,diferencial tasa de coste efectivo del prestamo ,incidencia de las diferentes comisiones de apertura , amortizacion total y anticipada ,compensacion por riesgo de tipos de interes , compensacion por desistimiento, carencia ,vinculaciones y bonificaciones con otros productos del banco ,sistemas de amortizacion de prestamos , amortizacion cuota constante ,anualidad constante,o variable amortizacion progresiva, diferentes metodos de amortizacion tales sistema frances , metodo aleman de interes anticipados o metodo americano .
Especial incidencia de la frecuencia de capitalizacion e impacto en el calculo del TAE o TIR
EXPLICAR LOS EFECTOS JURIDICOS DEL AVAL FIANZA HIPOTECA Y PRENDA .
Efectos en relacion a la solidaridad ,responsabilidad para los avalistas e hipotecantes en caso de incumplimiento de la obligacion principal por el deudor , falta de pago de cuotas ,beneficio de orden excusion o division de la deuda en caso de avales solidarios,y demas efectos juridicos de la hipoteca si se pacta dacion en pago .
Principio de responsabilidad patrimonial universal por deudas art. 1911 c.c .alcance y consecuencias
Responsabilidad por falta de pago Posibilidad de perder la vivienda en caso de ejecucion judicial o extra judicial por falta de cumplimiento o pago de las obligaciones hipotecarias devolucion del principal del prestamo mas intereses remuneratorios intereses de demora mas costas y gastos judiciales ,que engloban la llamada cifra de responsabilidad hipotecaria ,ademas de la responsabilidad patrimonial universal por las deudas
PRESTAMOS EN DIVISAS
Explicar implicaciones y diversos escenarios ante variaciones de tipo de cambio ,costes del seguro de riesgo ante variaciones de tipo de cambio , formas de cobertura ,riesgos en caso de depreciacion de la moneda ,moneda en que se compromete en amortizar el principal e impacto sobre la TAE
PRESTAMOS A INTERES VARIABLE
El Notario debe explicar tambien la influencia riesgo de variacion de las cuotas como consecuencia de los Tipos de interes variables en funcion de tipos de indices de referencia oficiales tales como EURIBOR, comprobar que estos indices reunan los requisitos de objetividad ,publicidad,independencia de la voluntad del prestamista , determinacion clara de los margenes o diferencial a sumar a los tipos ,vinculaciones con otros productos del banco ,influencia de los intereses de demora,comisiones de amortizacion, periodos de frecuencia de capitalizacion y revision de los tipos ,comisiones por compensacion por desestimiento y de apertura especialmente su repercusion en la TAE tasa anual efectiva del coste porcentual anual del credito .
Formas y tipos de cobertura de riesgo de variacion de tipos de interes sistemas de cobertura
Verificacion por el Notario de que ha quedado cumplida los requisitos del art 14 de la LCCI
Diligencia por el Notario de la comparecencia de las partes de la informacion transmitida ,explicaciones efectuadas ,recepcion de documentos y la manifestacion del prestatario de la aceptacion y comprension de los documentos entregados y explicados
CONSTITUCIÓN DE SOCIEDADES
ANÓNIMAS
LIMITADAS
NOMBRAMIENTO ADMINISTRADORES
AMPLIACIÓN DE CAPITAL
GESTIÓN
En la notaría encontrará
asesoramiento para todas las operaciones societarias que mejor se ajusten a sus necesidades
ELECCIÓN DEL TIPO SOCIETARIO
Tipo de sociedad; Anónima, Limitada , SIM ,SIMCAV requisitos de capital mínimo de cada sociedad ,proceso de constitución.
Aportaciones in natura en especie o en metálico ampliación por aportación de inmuebles, valoración, compensación de deudas o créditos.
Gestión y liquidación de las mismas
ÓRGANOS DE GOBIERNO
Nombramiento de Consejo de administración ,Consejeros delegados ,nombramiento de persona jurídica administradora, ámbito de los poderes y de sus facultades.
Asesoramiento sobre redacción de Estatutos, cláusulas de transmisibilidad de acciones, sindicación.
Inscripción en los Registros Mercantiles de las escrituras de constitución, nombramiento aceptacion de cargos administradores y demás acuerdos.
Tributación sobre cada acto societario.
ACTAS DE TITULARIDAD REAL FISCAL LEY DE BLANQUEO DE CAPITALES 10 ABRIL 2010
Esta ley de B.C. en su art 4 . Modificada por R.D 31 AGO 2018 obliga al Notario a
Identificar y determinar en todas las sociedades quién es el autentico titular real fiscal propietario, es decir, identificar a todas las partes con carácter previo a la autorización de escrituras cuando comparezcan sociedades a identificarse mediante documento fehaciente, entendiendo que es titular aquella persona que ostente mas del 25 por ciento del capital o influencia efectiva en la gestión.
También el Notario debe indagar la naturaleza de los negocios, el origen y destino de los fondos y medios de pago, identificando las cuentas corrientes de procedencia
ACTA DE MANIFESTACIONES DE TITULAR REAL.
Donde las partes sus administradores tienen que manifestar e identificar ante Notario en documento fehaciente quién es el Titular Real Fiscal ATR en el sentido del art. 4 de la LEY DE BLANQUEO DE CAPITALES DE 10 de ABRIL 2010 y su Reglamento de desarrollo, entiende que es titular real fiscal quién ostente la propiedad de mas del 25 por ciento en el capital de las sociedades, directa o indirectamente o a través de personas interpuestas o ejerza de hecho una influencia efectiva en la gestión social.
Se exceptúan de la obligación de identificación, las sociedades cuyas acciones coticen en Bolsa de Valores oficiales, mercados regulados y acordes con requisitos de información de la Unión Europea .- es decir estén sujetos a a la disciplina financiera de otros órganos de supervisión.
Los sujetos obligados adoptarán medidas de control y de diligencia para cumplir el deber de colaboración, indagar la naturaleza de los negocios y demás datos para determinar la estructura financiera de propiedad y de control de las personas jurídicas, especialmente cuando haya indicadores sospechosos de riesgo
La LBC establece unas PRESUNCIONES en caso de que el administrador no identificara a la persona física titular real ultimo, tales como presumir que son titulares reales fiscales todos los administradores
Impone al Notario el DEBER DE COLABORACIÓN con la Administración Tributaria e INFORMACIÓN y de COMUNICAR al SEPLAC OCP todas las operaciones cuando existan dos o más Indicadores de Riesgo.
Prohibición de autorizar operaciones
Así mismo obliga al Notario a ABSTENERSE de autorizar o entablar relaciones con los empresarios que no se identifiquen, ni autorizar las operaciones.
No establecerán relaciones de negocio con sociedades cuando no haya podido determinarse la estructura de propiedad .
Obligaciones de identificación
Obtencion de NIF
DOCUMENTOS NECESARIOS PARA LA CONSTITUCIÓN, AMPLIACIÓN O REDUCCIÓN DE CAPITAL
-
DNI de fundadores NIE
-
Poderes de los constituyentes
-
Certificado de Denominación exclusivo del Registro Mercantil Central
-
Certificados Bancarios de aportaciones de cada socio y numeración de acciones adjudicadas
-
Títulos de Propiedad y justificantes de los bienes aportados
-
Régimen económico matrimonial de los fundadores
-
Informes de VALORACIÓN de expertos independientes o Informe de Administradores de aportaciones in natura cuando se aporten inmuebles a sociedades.
-
Certificados de Acuerdos sociales en el caso de ampliación emitidos por los órganos certificantes acreditativos de la voluntad social adoptados válidamente con sus requisitos de convocatoria, quorum validos.
Formas de Aumento de Capital
Elevaciones a publico de Acuerdos sociales.
Estatutos.
INVERSIONES EXTRANJERAS
En el caso de inversiones extranjeras, hay que aportar:
-
Documentos fehacientes que acrediten la existencia regularidad de la Constitución de las Sociedades extranjeras, traducidos, expedidos por autoridades públicas.
-
Notarios homologados con la Apostilla de la Haya.
-
Poderes traducidos expedidos por Notarios extranjeros y con Apostilla de la Haya, que garanticen la capacidad y autenticidad de los documentos.
-
Declaración de inversiones D1A.
-
Presentación en la Notaría con carácter previo de los documentos que permitan la identificación de los titulares reales fiscales.
Observación especial de la ley de Blanqueo ,Indicadores de riesgo y demás obligaciones que esta ley impone a los Notarios
Conservar los documentos acreditativos de la personalidad de los operadores